Según CC OO de Madrid, cuya Federación de Comunicación y Transporte interpuso la demanda de nulidad, la sentencia "ilustra ampliamente" la protección que tanto la Constitución Española como el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales otorga a la condición y orientación sexual de las personas.
El sindicato asegura que la "actitud homófoba" de un responsable de la compañía aérea argentina en España, "que de manera reiterada y pública, según se prueba en la sentencia, ha venido vejando y postergando laboralmente" al trabajador, ha sido ampliamente criticada por el tribunal.
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